Por memorial presentado el 10 de mayo de 2016, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 958/2016-RRC
Sucre, 05 de diciembre de 2016
Expediente: Tarija 61/2016
Parte Acusadora: Ministerio Público
Parte Imputada: Wilson Miguel Burgos Choque y otro
Delitos: Transporte de Sustancias Controladas y otros
Magistrada Relatora: Dra. Norka Natalia Mercado Guzmán
RESULTANDO
Por memorial presentado el 10 de mayo de 2016, cursante de fs. 1034 a 1038 vta., el Ministerio Público, interpuso recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 19/2015 del 27 de noviembre, de fs. 1026 a 1033., pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, integrada por los Vocales José Luis Lenz Mamani y Adolfo Nilo Velasco Albornoz, dentro del proceso penal seguido por el recurrente contra Wilson Miguel Burgos Choque y Julio Mamani Rengifo, por la presunta comisión de los delitos de Transporte de Sustancias Controladas, Asociación Delictuosa y Confabulación, previstos y sancionados por los arts. 55 y 53 de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas (Ley 1008)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 958/2016-RRC
Sucre, 05 de diciembre de 2016
Expediente: Tarija 61/2016
Parte Acusadora: Ministerio Público
Parte Imputada: Wilson Miguel Burgos Choque y otro
Delitos: Transporte de Sustancias Controladas y otros
Magistrada Relatora: Dra. Norka Natalia Mercado Guzmán
RESULTANDO
Por memorial presentado el 10 de mayo de 2016, cursante de fs. 1034 a 1038 vta., el Ministerio Público, interpuso recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 19/2015 del 27 de noviembre, de fs. 1026 a 1033., pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, integrada por los Vocales José Luis Lenz Mamani y Adolfo Nilo Velasco Albornoz, dentro del proceso penal seguido por el recurrente contra Wilson Miguel Burgos Choque y Julio Mamani Rengifo, por la presunta comisión de los delitos de Transporte de Sustancias Controladas, Asociación Delictuosa y Confabulación, previstos y sancionados por los arts. 55 y 53 de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas (Ley 1008)
- Por memorial presentado el 10 de mayo de 2016, cursante de fs
- a) Por Sentencia 8/2014 de 22 de mayo (fs
- I.1.1. Motivos del recurso de casación
- 1) El recurrente alega que en la apelación restringida se denunció defectos de la Sentencia
- I.2. Admisión del recurso
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se concluye lo siguiente
- II.2. De la Sentencia
- En al acápite de HECHOS PROBADOS, CIRCUNSTANCIAS Y OBJETO DEL JUICIO, se tiene que
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- II. 3. De la apelación restringida
- Notificado con la Sentencia, el representante del Ministerio Público, formuló recurso de apelación restringida, de
- Concluye solicitando, que se admita el recurso de apelación, que se revoque parcialmente la sentencia,
- II.4. Del Auto de Vista impugnado
- La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, declaró sin lugar el
- Concluye indicando que, la sentencia en relación al acusado Julio Mamani Rengifo contiene una fundamentación,
- III.1. Sobre el deber de fundamentación en las resoluciones judiciales
- El debido proceso, conforme lo prescrito por nuestra Constitución Política del Estado (CPE), se halla
- Dentro de los derechos que forman parte del debido proceso, encontramos la fundamentación, prevista por
- Al respecto, este Tribunal estableció, a través del Auto Supremo 45/2012 de 14 de marzo:
- En ese entendido, no existe fundamentación en el Auto de Vista cuando en el mismo
- III.2. Análisis del caso concreto
- En ese contexto, se advierte que el Ministerio Público en el recurso de apelación restringida,
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- A los efectos de lo previsto por el art
- En aplicación del art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
