Auto Supremo AS/1388/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1388/2016

Fecha: 05-Dic-2016

El acto decisorio del Juez se encuentra comprendido en la Resolución judicial, la que de

III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO:
III.1.- TEORÍA DE LAS DECISIONES IMPLÍCITAS.-
El acto decisorio del Juez se encuentra comprendido en la Resolución judicial, la que de acuerdo a la doctrina se entiende que es el acto procesal emitido por el órgano jurisdiccional a petición de la parte o de oficio en procura de finalizar el proceso; consiguientemente, se dirá que al ser estas decisiones a petición de parte o de oficio, en estas últimas el ordenamiento procesal describe como deberes del juzgador las contenidas en el art. 2 del Código de Procedimiento Civil, que tiene que ver con la carga del impulso procesal, así como las descritas en el art. 3 de dicha norma procesal, relativo a los deberes de los jueces, entre ellas la de cuidar que el proceso se desarrolle sin vicios de nulidad lo que tiene que ver con la potestad de efectuar una revisión de oficio de las actuaciones judiciales, dicha atribución actualmente contenida en el art. 106 del Código Procesal Civil (Ley Nº 439 aplicable al caso de autos, conforme a la Disposición Transitoria Segunda de dicha Ley); de dicho antecedente normativo se tiene que el Juez debe efectuar una revisión del proceso, con la finalidad de velar que en el mismo no se hubiera generado vicios de procedimiento