Auto Supremo AS/1388/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1388/2016

Fecha: 05-Dic-2016

Respecto a la acusación de haberse infringido el art

Respecto a la acusación de haberse infringido el art. 3.1 del Código de Procedimiento Civil, en la que se acusa la emisión de una decisión incongruente, corresponde señalar que la nulidad ha sido estimada porque el Ad quem advirtió que el Juez de Partido en lo Civil tramitó un proceso que correspondía al Juez de Partido de Familia, en la que se encuentra cuestionada la competencia por razón de materia; no se lo ha dejado en indefensión, sino que dispuso que el trámite debe ser corregido, en contra de la cual se encuentra abierta la vía de impugnación mediante recurso de casación que ahora se analiza