Auto Supremo AS/1397/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1397/2016

Fecha: 05-Dic-2016

Que existe violación, interpretación errónea y aplicación indebida de la ley ya que


Fondo.-

Que existe violación, interpretación errónea y aplicación indebida de la ley ya que el art. 510 del CC, impone a los juzgadores la labor de interpretar el contenido del contrato y el Auto de Vista sostiene que el pago se condiciono a la otorgación de la minuta y el cumplimiento de lo obligado por la vendedora conclusión que vulnera el art. 5610 del CC, porque en el contrato no existiría ninguna condición al respecto, mas al contrario dicha condición habría sido incorporada por el apelante en su recurso como un justificativo del no pago del precio en el término acordado, en la demanda en ningún momento se argumenta la existencia de dicha condición, por lo que no se podría llegar a la conclusión de que no cumplieron un contrato que debería reputarse como inexistente