Auto Supremo AS/1402/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1402/2016

Fecha: 05-Dic-2016

Al margen de ello el demandante no puede alegar que se habría operado la posesión

Al margen de ello el demandante no puede alegar que se habría operado la posesión por más de 10 años a su favor pues ha quedado por demás demostrado que lo que tuvo el demandante fue solo una detentación precaria, viciosa, la que incluso nunca fue pacífica pues el terreno estuvo en litigio por más de 10 años, fue embargado, fue rematado, en la que incluso el demandante fue parte de ese proceso, presentando oposiciones, nulidades y acción de Amparo Constitucional