Auto Supremo AS/1403/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1403/2016

Fecha: 05-Dic-2016

Al respecto el Auto Supremo N° 1051/2015 de 16 de Noviembre, ha orientado que: “Según

III.4- Del Efecto de la Sentencia de Mejor Derecho Propietario.-
Al respecto el Auto Supremo N° 1051/2015 de 16 de Noviembre, ha orientado que: “Según el Tratadista Guillermo A. Borda: “…de acuerdo a una clásica distinción, las acciones patrimoniales se dividen en reales y personales. Las primeras son las que se dan en protección de los derechos reales y tienen las siguientes características generales: a) gozan del ius persequendi; ósea de la facultad de hacer valer el derecho contra cualquiera que se halle en posesión de la cosa… las acciones personales en cambio se dan en protección de los derechos personales y tienen las siguientes características: a) solamente pueden ser ejercitadas contra el o los obligados; b) tienden a la extinción del derecho, porque una vez ejercida la acción y cobrado el crédito se extingue la obligación….”, con la aclaración del autor antes citado, de que los caracteres señalados sirven como tendencia general antes que como expresión de caracteres típicos de cumplimiento obligatorio. En este entendido, diremos que las acciones reales son aquellas que garantizan la defensa del derecho propietario sobre determinada cosa o bien inmueble que buscan prevenir impedir o reparar una lesión al derecho propietario y al ejercicio de las facultades que el derecho propietario conlleva; por otra parte las acciones personales se ejercen contra personas determinadas, por conflictos que surgen de un contrato, u otro acto jurídico, o un delito, es decir busca garantizar el goce pleno y libre de un derecho patrimonial