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5.- Sobre la acusación que el “Ad quo” vulneró los arts. 1283 y 1286 del Código Civil, arguyendo que en Sentencia se dispuso la subasta y remate del bien e inmueble de una superficie de 227 m2.,, para que con su producto se entregue la parte a cada copropietario, arguyendo que la construcción no es de propiedad de los reconventores, en la que se acusa fallo ultra petita
- Partes: Pascual Rufino Chambi Chambi y otra. c/ Nancy Chambi Chambi y otro
- Proceso: Nulidad y otros
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Resolución de primera instancia que es recurrida de apelación por la parte demandante y resuelta
- CONSIDERANDO II: DE LOS HECHOS
- También acusa que, el fallo vulnera el art
- Acusa que el “Ad quo” vulneró los arts
- Arguye que los documentos debatidos fueron objeto de acción preliminar de reconocimiento de firmas en
- Termina sosteniendo haberse hecho la descripción de errores de hecho y de derecho en la
- CONSIDERANDO III: FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
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- Corresponde señalar dos aspectos: el primero que el proceso se desarrolla bajo el principio de
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- Respecto a la acusación en sentido que Martín Callisaya sorprendió con su pretensión reconvencional, sin
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- Sobre esta acusación corresponde señalar que el art
- Respecto a la acusación relativa a la falta de la participación del testigo a ruego,
- Por lo expuesto corresponde emitir resolución en base al art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Se regula honorario en la suma de Bs.1.000
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
