CONSIDERANDO III: FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
En la forma.-
Acusa que el Juez se arrogó la competencia que no le corresponde bajo el argumento de que la acción preliminar deducida en su juzgado tiene la validez para que los demandados puedan ejercer su defensa, llevando una interpretación errática de lo que señala el art. 319 num. 2), inc. b) del Código de Procedimiento Civil, lo que no ocurrió en el presente caso, falencia establecida en el art. 254 num. 1) del Código de Procedimiento Civil.
Señala que el “ad quo” otorgó más de los pedido y obvió pronunciarse sobre aspectos demandados, pues nadie le ha pedido la restitución del documento de fs. 147 y se olvidó pronunciarse sobre la división y partición del bien inmueble como el cumplimiento de la obligación.
Por lo que impetra la nulidad de todo lo obrado.
CONSIDERANDO III: FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN:
Tomando en cuenta que el recurso es mixto, tanto de forma como de fondo, primero se pasara a resolver el recurso en la forma, pues de advertir vicio de procedimiento daría lugar a la emisión de una decisión anulatoria, y con ello innecesario a considerar el recurso en el fondo
Acusa que el Juez se arrogó la competencia que no le corresponde bajo el argumento de que la acción preliminar deducida en su juzgado tiene la validez para que los demandados puedan ejercer su defensa, llevando una interpretación errática de lo que señala el art. 319 num. 2), inc. b) del Código de Procedimiento Civil, lo que no ocurrió en el presente caso, falencia establecida en el art. 254 num. 1) del Código de Procedimiento Civil.
Señala que el “ad quo” otorgó más de los pedido y obvió pronunciarse sobre aspectos demandados, pues nadie le ha pedido la restitución del documento de fs. 147 y se olvidó pronunciarse sobre la división y partición del bien inmueble como el cumplimiento de la obligación.
Por lo que impetra la nulidad de todo lo obrado.
CONSIDERANDO III: FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN:
Tomando en cuenta que el recurso es mixto, tanto de forma como de fondo, primero se pasara a resolver el recurso en la forma, pues de advertir vicio de procedimiento daría lugar a la emisión de una decisión anulatoria, y con ello innecesario a considerar el recurso en el fondo
- Partes: Pascual Rufino Chambi Chambi y otra. c/ Nancy Chambi Chambi y otro
- Proceso: Nulidad y otros
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Resolución de primera instancia que es recurrida de apelación por la parte demandante y resuelta
- CONSIDERANDO II: DE LOS HECHOS
- También acusa que, el fallo vulnera el art
- Acusa que el “Ad quo” vulneró los arts
- Arguye que los documentos debatidos fueron objeto de acción preliminar de reconocimiento de firmas en
- Termina sosteniendo haberse hecho la descripción de errores de hecho y de derecho en la
- CONSIDERANDO III: FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- 1
- Corresponde señalar dos aspectos: el primero que el proceso se desarrolla bajo el principio de
- 2
- Respecto a la acusación en sentido que Martín Callisaya sorprendió con su pretensión reconvencional, sin
- 4
- 5
- Sobre esta acusación corresponde señalar que el art
- Respecto a la acusación relativa a la falta de la participación del testigo a ruego,
- Por lo expuesto corresponde emitir resolución en base al art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Se regula honorario en la suma de Bs.1.000
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
