Arguye que los documentos debatidos fueron objeto de acción preliminar de reconocimiento de firmas en
Arguye que los documentos debatidos fueron objeto de acción preliminar de reconocimiento de firmas en contra de Pascual Rufino Chambi Chambi, sin embargo cuestiona por qué los mismos recaen sobre Daría Chambi de Chambi, pues en los testimonios de fs. 56 a 63 no figura como sujeto de la acción previa y en el fallo de fs. 385 a 393 se indica que la misma devuelva los dineros, infringiendo el art. 1297 del Código Civil
- Partes: Pascual Rufino Chambi Chambi y otra. c/ Nancy Chambi Chambi y otro
- Proceso: Nulidad y otros
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Resolución de primera instancia que es recurrida de apelación por la parte demandante y resuelta
- CONSIDERANDO II: DE LOS HECHOS
- También acusa que, el fallo vulnera el art
- Acusa que el “Ad quo” vulneró los arts
- Arguye que los documentos debatidos fueron objeto de acción preliminar de reconocimiento de firmas en
- Termina sosteniendo haberse hecho la descripción de errores de hecho y de derecho en la
- CONSIDERANDO III: FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- 1
- Corresponde señalar dos aspectos: el primero que el proceso se desarrolla bajo el principio de
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- Respecto a la acusación en sentido que Martín Callisaya sorprendió con su pretensión reconvencional, sin
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- Sobre esta acusación corresponde señalar que el art
- Respecto a la acusación relativa a la falta de la participación del testigo a ruego,
- Por lo expuesto corresponde emitir resolución en base al art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Se regula honorario en la suma de Bs.1.000
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
