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    Auto Supremo AS/0176/2016-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0176/2016-RRC

    Fecha: 08-Mar-2016

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 22 de Octubre de 2015, cursante de fs
    • I.1. Antecedentes del proceso
    • a) Por Sentencia 25/2015 de 23 de abril (fs
    • a) Contra la Sentencia emitida, el imputado interpuso recurso de apelación restringida (fs
    • El recurrente denuncia la existencia de defecto absoluto por el incumplimiento del art
    • I.1.2. Petitorio
    • I.2. Admisión del recurso
    • Mediante Auto Supremo 737/2015-RA de 02 de diciembre, de fs
    • II.1. Del acta de juicio oral
    • Del acta de registro de juicio oral, de 17 de abril de 2015, durante la
    • El Tribunal de Sentencia, en el mismo acto dictó el Auto Interlocutorio, en el que
    • Seguidamente, citando el art
    • El acusado, en aplicación del art
    • III.1. De la Sentencia
    • El Tribunal Primero de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, dictó la Sentencia
    • II.2. Del recurso de Apelación Restringida
    • El imputado interpone recurso de apelación restringida, la cual se encuentra referida principalmente, a los
    • b) La no existencia de fundamentación de la Sentencia, que es insuficiente y contradictoria, la
    • c) La Sentencia se basó en hechos inexistentes, incurriendo en el defecto del art
    • d) Denuncia la existencia de defecto absoluto, porque se introdujo la prueba testifical de
    • II.3. Del Auto de Vista impugnado
    • Apelada que fue la Sentencia, la Sala Penal y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia
    • Este Tribunal admitió el presente recurso, abriendo su competencia de manera excepcional, únicamente con la
    • III.1.1 Del derecho al debido proceso
    • Dentro de la jurisprudencia establecida por el Tribunal Supremo de Justicia respecto al debido proceso
    • III.1.2. Del Juez imparcial como garantía del debido proceso y el instituto de la recusación
    • Este Tribunal Supremo de Justicia, ha sentado doctrina sobre los razonamientos referidos al Juez imparcial
    • Con la finalidad de resolver el caso concreto, es preciso establecer que, existiendo alguna de
    • II
    • III
    • IV
    • Ahora bien, en cuanto a las recusaciones, el art
    • Entre las modificaciones previstas en el art
    • 3
    • “I
    • II. Las excusas y recusaciones deberán ser rechazadas in límine cuando
    • V
    • Consecuentemente la o el Juez o Tribunal, previa advertencia en uso de su poder coercitivo
    • Sobre esta temática, la jurisprudencia constitucional, a fin de aclarar el procedimiento y efectos del
    • En base al razonamiento antes esbozado, considerando que la teleología de un rechazo in límine
    • Establecido el ámbito de análisis en el Auto de Admisión del presente recurso, corresponde a
    • Es preciso aclarar que la normativa procesal penal faculta a la partes en litigio, el
    • De acuerdo a los datos del proceso y conforme a la normativa procesal penal desglosada
    • Así, se constata que la defensa del recurrente, en la audiencia de 07 de abril
    • De los argumentos que fundaron la resolución descrita, relacionados con la normativa procesal penal en
    • Cabe señalar, que el Legislador determinó en el art
    • Defecto absoluto y principio de oportunidad…
    • Es necesario resaltar que la Ley del Órgano Judicial, en la misma orientación de evitar
    • Por último, cabe aclarar al Tribunal de Sentencia como al recurrente que no existe la
    • En consecuencia, se tiene establecido la inexistencia de defectos absolutos, como emergencia de la denunciada
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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