Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0176/2016-RRC
Fecha: 08-Mar-2016
III.1. De la Sentencia
III.1. De la Sentencia
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Por memorial presentado el 22 de Octubre de 2015, cursante de fs
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I.1. Antecedentes del proceso
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a) Por Sentencia 25/2015 de 23 de abril (fs
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a) Contra la Sentencia emitida, el imputado interpuso recurso de apelación restringida (fs
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El recurrente denuncia la existencia de defecto absoluto por el incumplimiento del art
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I.1.2. Petitorio
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I.2. Admisión del recurso
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Mediante Auto Supremo 737/2015-RA de 02 de diciembre, de fs
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II.1. Del acta de juicio oral
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Del acta de registro de juicio oral, de 17 de abril de 2015, durante la
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El Tribunal de Sentencia, en el mismo acto dictó el Auto Interlocutorio, en el que
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Seguidamente, citando el art
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El acusado, en aplicación del art
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III.1. De la Sentencia
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El Tribunal Primero de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, dictó la Sentencia
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II.2. Del recurso de Apelación Restringida
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El imputado interpone recurso de apelación restringida, la cual se encuentra referida principalmente, a los
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b) La no existencia de fundamentación de la Sentencia, que es insuficiente y contradictoria, la
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c) La Sentencia se basó en hechos inexistentes, incurriendo en el defecto del art
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d) Denuncia la existencia de defecto absoluto, porque se introdujo la prueba testifical de
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II.3. Del Auto de Vista impugnado
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Apelada que fue la Sentencia, la Sala Penal y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia
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Este Tribunal admitió el presente recurso, abriendo su competencia de manera excepcional, únicamente con la
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III.1.1 Del derecho al debido proceso
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Dentro de la jurisprudencia establecida por el Tribunal Supremo de Justicia respecto al debido proceso
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III.1.2. Del Juez imparcial como garantía del debido proceso y el instituto de la recusación
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Este Tribunal Supremo de Justicia, ha sentado doctrina sobre los razonamientos referidos al Juez imparcial
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Con la finalidad de resolver el caso concreto, es preciso establecer que, existiendo alguna de
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IV
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Ahora bien, en cuanto a las recusaciones, el art
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Entre las modificaciones previstas en el art
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“I
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II. Las excusas y recusaciones deberán ser rechazadas in límine cuando
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V
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Consecuentemente la o el Juez o Tribunal, previa advertencia en uso de su poder coercitivo
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Sobre esta temática, la jurisprudencia constitucional, a fin de aclarar el procedimiento y efectos del
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En base al razonamiento antes esbozado, considerando que la teleología de un rechazo in límine
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Establecido el ámbito de análisis en el Auto de Admisión del presente recurso, corresponde a
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Es preciso aclarar que la normativa procesal penal faculta a la partes en litigio, el
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De acuerdo a los datos del proceso y conforme a la normativa procesal penal desglosada
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Así, se constata que la defensa del recurrente, en la audiencia de 07 de abril
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De los argumentos que fundaron la resolución descrita, relacionados con la normativa procesal penal en
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Cabe señalar, que el Legislador determinó en el art
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Defecto absoluto y principio de oportunidad…
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Es necesario resaltar que la Ley del Órgano Judicial, en la misma orientación de evitar
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Por último, cabe aclarar al Tribunal de Sentencia como al recurrente que no existe la
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En consecuencia, se tiene establecido la inexistencia de defectos absolutos, como emergencia de la denunciada
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La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
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Regístrese, hágase saber y devuélvase
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SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
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