Auto Supremo AS/0179/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0179/2016-RRC

Fecha: 08-Mar-2016

Al respeto se advierte que estos tres motivos, al igual que los motivos anteriores fueron


Al respeto se advierte que estos tres motivos, al igual que los motivos anteriores fueron resueltos por el Auto Supremo 86/2015-RRC de 06 de febrero, determinando el referido Auto Supremo en su apartado III.2 y III.3, sobre los motivos acusado en el tercer motivo, consistentes los mismos en: a) que los soldados del Regimiento Pisagua salieron de su jurisdicción, e ingresaron a la jurisdicción Chuquisaca y Santa Cruz, sin autorización de las Divisiones de Ejército; b) que Julio César Jiménez a Wilfredo Guachalla, dio la instrucción respecto a que si alguien preguntaba sobre el trabajo que realizaban los soldados diga que era un trabajo para el gobierno; c) Que, Reynerio León vendía carne y ese era el argumento para que éste ingrese con libertad al Regimiento y contactarse con Julio César Jiménez, pese a que las certificaciones determinan que no se encontraba autorizado para realizar dicha actividad, ni su propia declaración en la que señaló otra actividad; d) El propio Julio César Jiménez, es la persona que alista a los soldados y hace que ingresen al camión y pone a disposición de Wilfredo Guachalla, a quien le da la recomendación referida en el punto b); y, e) El registro del libro de novedades del 21 de diciembre de 2009 pág. 165; concluyó que todos estos hechos fueron probados mediante prueba testifical e informes, sin embargo estos elementos no habrían sido valorados por el Tribunal de juicio, tampoco fueron controlados por el Tribunal de alzada, también determinó que no se valoró adecuadamente la declaración de Wilfredo Guachalla, las certificaciones emitidas por autoridades militares, por Impuestos Nacionales y FEGACHACO