Auto Supremo AS/0179/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0179/2016-RRC

Fecha: 08-Mar-2016

c) Defecto de Sentencia previsto en el art


c) Defecto de Sentencia previsto en el art. 370 inc. 5) del CPP, por cuanto no existe fundamentación de la Sentencia absolutoria y la existente es insuficiente y contradictoria, expresando que no se dio cumplimiento al inc. 2) del art. 360 del CPP, relativo a las circunstancias que han sido objeto del juicio, los fundamentos esgrimidos carecen de respaldo probatorio, la absolución no está debidamente fundamentada y es contradictoria, puesto que no establece que Julio César Jiménez Ortiz, es quien organizó a los soldados e instruyó a Wilfredo Guachalla los traslade, y si alguien preguntaba se le diga que se trata de un trabajo para el Gobierno; la Sentencia no asignó valor probatorio a los elementos de prueba aportados, justificando y fundamentando adecuadamente las razones por las cuales les otorga determinado valor, en base a la apreciación conjunta de toda la prueba, vulnerándose el debido proceso y el derecho a la defensa