II. DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN Y SU RESPUESTA
I.2. Resolución de primera instancia que es apelada por el co-demandado Daniel Germán Hinojosa Villarroel, mediante escrito de fs. 112 a 114 y vta., que mereció el Auto de Vista Nº 120/2015 de 10 de abril, cursante de fs. 131 a 132, que en lo relevante fundamenta que de acuerdo al art. 227 del C.P.C., el apelante está obligado a fundamentar el recurso de Alzada, señalando los puntos de la Sentencia que le agravian, mencionando las disposiciones legales incumplidas o mal aplicadas, por constituir el marco de referencia para la Resolución en esta instancia en sujeción al art. 236 del cuerpo legal antes citado; que en el presente caso, la apelación contenida en el memorial de fs. 112-114 vta., se limita a señalar que no existe declaración en mora, respecto de la obligación demandada en pago, no pudiendo ejecutársele, exigiéndose el pago de la obligación, antes del vencimiento del término, solicitando se revoque totalmente el fallo apelado, al no haber mediado recaimiento en mora contra el apelante; que la apelación precedente no se ajusta en su fundamentación a la técnica procesal establecida en el art. 227 del C.P.C., al no haber precisado cómo se incumplieron o como se aplicaron erróneamente las normas citadas como infringidas; por lo que en ese antecedente confirma la Sentencia apelada con costas en ambas instancias.
I.3. Resolución de Alzada que es recurrida de casación en la forma y en el fondo por el referido co-demandado, que obtiene el presente análisis.
II. DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN Y SU RESPUESTA:
De las presuntas infracciones que expone la parte recurrente, se extrae en calidad de resumen lo siguiente:
1. Denuncia aplicación indebida de la ley
I.3. Resolución de Alzada que es recurrida de casación en la forma y en el fondo por el referido co-demandado, que obtiene el presente análisis.
II. DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN Y SU RESPUESTA:
De las presuntas infracciones que expone la parte recurrente, se extrae en calidad de resumen lo siguiente:
1. Denuncia aplicación indebida de la ley
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- II. DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN Y SU RESPUESTA
- Refiere que el A quo a momento de dictar Resolución final que resuelve el
- A) Acusa también que el documento base ha sido labrado para fecha 17 de abril
- B) Refiere que de acuerdo a la lectura de la cláusula quinta del documento transaccional,
- Por lo expuesto, solicita dejar sin efecto la Resolución impugnada y consecuentemente se case y
- En el Auto Supremo Nº 441/2014 de 08 de agosto este Tribunal al referirse a
- III.2. Respecto a que el término del contrato se halla pendiente
- Por su parte, el art
- Finalmente, el art
- De la relación normativa precedentemente efectuada se puede inferir que el contrato debe ser ejecutado
- Carlos Morales Guillen en su obra “Código Civil, Concordado y Anotado”, Tomo I, cuarta edición,
- IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- 1
- 2
- Ahora bien, en el marco de la doctrina aplicable al caso, desarrollada en el punto
- De donde se concluye que el contrato de fecha 17 de abril de 2009 establecía
- En el presente caso de Autos la pretensión de la parte actora busca el cumplimiento
- Por lo manifestado, corresponde a este Tribunal emitir fallo en la forma prevista por el
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
