Auto Supremo AS/0309/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0309/2016-RRC

Fecha: 21-Abr-2016

2) Denuncian falta de fundamentación del Auto de Vista impugnado, invocando los Autos Supremos 30


2) Denuncian falta de fundamentación del Auto de Vista impugnado, invocando los Autos Supremos 30 de 26 de enero de 2007 y 335 de 10 de junio de 2011, que otorgan las premisas en sentido de que toda Resolución debe ser debidamente fundamentada y que garantice el derecho de los sujetos procesales a efectos de conocer los razonamientos que llevan a pronunciar un fallo, siendo que la contradictoria fundamentación conlleva a la violación de derechos y garantías constitucionales porque desconoce las reglas del debido proceso y constituye defecto absoluto que amerita sea dejada sin efecto, en observación de lo dispuesto por el art. 419 del CPP. En el caso, el Auto de Vista impugnado, no ha realizado una adecuada fundamentación que explique todos los puntos apelados en forma positiva o negativa: i) Respecto al primer motivo del recurso de apelación restringida, el Auto de Vista recurrido se limitó a repetir de forma genérica que el Juez de grado procedió en forma correcta, valorando las pruebas, sin explicar las razones de esta afirmación omitiendo los parámetros de especificidad, claridad, completitud, legitimidad y logicidad como exigen la doctrina legal de los precedentes invocados; ii) Con relación al segundo motivo, el Auto de Vista de forma genérica mencionó que la querellante detalló los puestos que han sido despojados, sin explicar en qué parte de la Sentencia consta esos detalles; por lo tanto, es carente de fundamentos; y, iii) En cuanto al tercer motivo, alegó que la reiteración de haberse valorado las pruebas con sano criterio de acuerdo a los arts. 171 y 173 del CPP, constituye un fundamento evasivo e impreciso