Auto Supremo AS/0309/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0309/2016-RRC

Fecha: 21-Abr-2016

El Auto Supremo 335 de 10 de junio de 2011, fue dictado por la Sala


El Auto Supremo 335 de 10 de junio de 2011, fue dictado por la Sala Penal Primera de la entonces Corte Suprema de Justicia en la resolución de un recurso de casación en un proceso seguido por los delitos de Despojo, Alteración de linderos, Perturbación de Posesión y Daño Simple, donde constató que el Tribunal de alzada anuló la sentencia y dispuso el reenvío de la causa sin señalar fundadamente las causas que determinaron su resolución, limitándose a señalar defectuosa valoración de la prueba sin ingresar a mayores consideraciones, desconociendo que la motivación de los fallos debe ser expreso, claro, completo, legítimo y lógico, situación por el que fue dejado sin efecto, estableciendo la siguiente doctrina legal aplicable: “Que es una premisa consolidada que toda resolución, como la emitida por el Tribunal de Alzada, debe ser debidamente fundamentada, vale decir, que es necesario que el Tribunal de Apelación, cumpla con los parámetros mencionados precedentemente: especificidad, claridad, completitud, legitimidad y logicidad; y emita los criterios jurídicos sobre cada punto impugnado que se encuentran en el Recurso de Apelación Restringida que corresponda, además de revisar de oficio si existen defectos absolutos, en cuyo caso, es necesario que en la fundamentación se vierta los criterios jurídicos del porque dicho acto se considera defecto absoluto y que principios constitucionales fueron afectados