Auto Supremo AS/0311/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0311/2016-RRC

Fecha: 21-Abr-2016

Conforme consta en la enunciación del hecho, en el mes de enero de 2012 Guido


Conforme consta en la enunciación del hecho, en el mes de enero de 2012 Guido Antonio Elías Castrillo (imputado), le propuso un negocio al querellante relacionado con la construcción de aducción de agua en la comunidad de Ollerías, donde se encontraba trabajando en la ejecución de proyecto en calidad de residente de obra; por cuanto, habría obtenido el contrato a través de la empresa DASOL, propuesta que hizo al querellante y a su hermano Wilberth Mamani, como no contaban con dicho dinero desistieron la propuesta; empero, después de unos días volvió para indicarles que sólo era conseguir el dinero a través de un préstamo, razón a ello logró prestarse dinero de Samuel Mamani Ancasi Bs. 32.000.- (treinta y dos mil bolivianos), siendo la propuesta del imputado que una vez concluida la obra se le entregara el 50% de las utilidades que ascendía a Bs. 166.000.- (ciento sesenta y seis mil bolivianos), es decir Bs. 83.000.- (ochenta y tres mil bolivianos) en un plazo de cuarenta días, habiendo transcurrido más de nueve meses y no se devolvió el capital ni las utilidades, argumentando que AAPOS aún no le canceló; sin embargo, la obra ya habría sido concluida