Auto Supremo AS/0326/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0326/2016-RRC

Fecha: 21-Abr-2016

Por lo referido, corresponde dejar sin efecto el Auto de Vista impugnado, con el propósito


Ahora bien, de la relación de antecedentes efectuada precedentemente, se advierte que la respuesta del Tribunal de apelación al recurso de apelación restringida planteado y la denuncia de casación es similar al anterior motivo, advirtiéndose que el Auto de Vista impugnado incumple con las exigencias del art. 124 del CPP, argumentando de forma general, que la Sentencia cumple con lo dispuesto por el art. 124 del CPP y contradictoriamente indica que, no tiene lugar el recurso de apelación restringida, porque que no cumplió con el art. 408 del CPP; evidenciándose así la vulneración del debido proceso en sus elementos debida fundamentación y motivación al no haberse pronunciado de manera clara y completa sobre los defectos absolutos denunciados como afirma la recurrente.

Por lo referido, corresponde dejar sin efecto el Auto de Vista impugnado, con el propósito de que el Tribunal de alzada se pronuncie correctamente de manera fundada y motivada con relación al cuestionamiento formulado por la parte imputada; por lo que el motivo sujeto a análisis deviene en fundado