Auto Supremo AS/0331/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0331/2016-RRC

Fecha: 21-Abr-2016

Doctrina legal que no será considerada en el análisis de fondo del presente motivo, toda


Sobre el Auto Supremo 91 de 28 de marzo de 2006, el Tribunal de Casación estableció que “Que los tipos penales incursos en el artículo 48 con relación al 33 inciso m) de la Ley Nº 1008, se encuentra expresados en los siguientes verbos nucleares: "producir, fabricar, poseer, tener, almacenar, transportar, entregar, suministrar, comprar, vender, donar, introducir al país, sacar del país y/o realizar transacciones a cualquier título; financiar actividades contrarias a las disposiciones de la presente ley o de otras normas jurídicas"; la ejecución de una de estas acciones es de carácter formal y no de resultados”

Doctrina legal que no será considerada en el análisis de fondo del presente motivo, toda vez que el reclamo realizado por el recurrente cita de manera textual sobre los verbos rectores que configuran el delito de Tráfico de Sustancias Controladas, ello es diferente al reclamo presente en relación a la vulneración de las reglas de la sana crítica y es el Tribunal de alzada el encargado a verificar la mala valoración probatoria