Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0156/2016
Fecha: 06-May-2016
5.Horas Extras
5.Horas Extras
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El Auto de Vista emitido, motivó que José Luis Aramayo Ascarrunz Vedia, formule el recurso
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Hace constar que el aguinaldo de la gestión 2013, fue pagado y se puede corroborar
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Concluye el recurso, pidiendo se conceda el recurso declarando CASADO EL AUTO DE VISTA
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Señaló que el Auto de Vista ahora impugnado aplica con preferencia el Código de Procedimiento
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En base a lo expuesto pide se conceda el recurso para que se aplique con
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Analizado el contenido de ambos recursos, las normas acusadas como infringidas y los antecedentes contenidos
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Teniendo en cuenta su carácter extraordinario, no es procedente cuando en la sustanciación del proceso,
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Hechas las aclaraciones previas en el caso concreto, nos referiremos a lo pretendido por la
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El Auto de Vista impugnado se refiere al pago de aguinaldo por duodécimas, de los
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En aplicación razonable con la normativa social art
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Con relación a las pretensiones del Demandante
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Cumpliendo el art
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3.Cálculo de aguinaldo de la gestión 2012
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Se ha podido evidenciar que de acuerdo a la prueba documental presentada por la parte
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Sobre el sueldo del mes de marzo de 2013, la juez A quo y el
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El juzgador aplicó el principio de lealtad procesal, inc
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Con relación al pago de salario por el mes de abril, como refiere el Auto
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5.Horas Extras
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El beneficio de horas extras según se demuestra a fs
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POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
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Manteniendo firme y subsistente el Auto de Vista Nº 115/2015 S
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Sin costas por que el recurso fue presentado por ambas partes
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Regístrese, notifíquese y devuélvase
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Firmado
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