Auto Supremo AS/0156/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0156/2016

Fecha: 06-May-2016

En aplicación razonable con la normativa social art

En aplicación razonable con la normativa social art. 190 del CPC con relación al art. 202 del Código Procesal del Trabajo y el Principio de Primacía de la Realidad, el Tribunal Ad quem establece que el pago del “Doble Aguinaldo Esfuerzo por Bolivia”, no ingreso en la demanda, por lo que niega la pretensión y no otorga lo peticionado por el demandante. Siendo además evidente que el D.S. Nº 1802 fue promulgado el 20 de noviembre de 2013; 7 meses después de la conclusión de la Relación Laboral ahora impetrada. Por lo que no corresponde el pago requerido del Doble Aguinaldo