Auto Supremo AS/0207/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0207/2016

Fecha: 28-Jun-2016

Así, el perjuicio moral y fundamentalmente económico originado por el empleador con el incumplimiento de

Así, el perjuicio moral y fundamentalmente económico originado por el empleador con el incumplimiento de sus deberes legales y contractuales, traducido en la privación del salario, coloca al trabajador en situación tal, que no le permite continuar trabajando en la empresa; por lo que, la desvinculación laboral producida en estas circunstancias al ser imputable al empleador contrae la obligatoriedad de los arts. 12 y 13 de la LGT, en el entendido que el retiro es producido por causas no imputables al trabajador; de ahí que, con mayor razón la falta oportuna de pago constituye retiro indirecto, en consecuencia debe pagarse el desahucio y la indemnización