Auto Supremo AS/0207/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0207/2016

Fecha: 28-Jun-2016

De tal manera, bajo este principio, no guarda importancia la autonomía de la voluntad, sino

De tal manera, bajo este principio, no guarda importancia la autonomía de la voluntad, sino el demostrarse la realidad que impera sobre la relación laboral; de tal forma, si bien el empleador y trabajador pueden acordar determinada acción, y sin embargo en la realidad se configura otra distinta, es esta última la que tiene efectos jurídicos; es decir, en definitiva, son los hechos los que determinan la naturaleza de la relación y no así su denominación