Auto Supremo AS/0664/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0664/2016

Fecha: 15-Jun-2016

En el Fondo

En el Fondo:
A) Acusa Interpretación errónea o aplicación indebida de la Ley.
El Tribunal Ad quem manifiesta que luego del Auto de Vista de 7 de enero de 2005, no existió recurso ulterior alguno, soslayando mencionar la fecha de la ordinarización data de 7 de julio de 2005, conforme constancia de fs. 173. La fecha de ejecutoria del proceso ejecutivo corre a partir del Auto de Vista de fs. 236 de 7 de enero de 2005, y la fecha de ingreso de la ordinarización es de 7 de julio de 2005, exactamente 6 meses que señala la aludida Sentencia Constitucional y el art. 490 del Código Adjetivo, modificado por el art. 28 de la Ley Nº 1760, se ha interpretado erróneamente el art. 28.II de la citada Ley