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    Auto Supremo AS/0693/2016
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0693/2016

    Fecha: 27-Jun-2016

    Cumpliendo lo previsto por el artículo 17

    Cumpliendo lo previsto por el artículo 17.IV de la Ley del Órgano Judicial, comuníquese la presente decisión al Consejo de la Magistratura a los fines de ley
    • Germán Javier Chacón
    • I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • Resolución contra la que se interpuso recurso de apelación por Damiana Gutiérrez de Zenteno por
    • En mérito a esos antecedentes, la Sala Civil Comercial Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia
    • Se establecería por lo anterior el incumplimiento del art
    • En la forma
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    • III.- DOCTRINA APLICABLE AL CASO
    • En función a lo planteado, se resolverá lo propuesto en la forma en consideración a
    • Bajo ese antecedente se verifica que la denuncia tiene sustento en consideración a que es
    • Respecto a lo anterior, debe precisarse que si bien es evidente que los Tribunales están
    • Estableciéndose que de la revisión de los agravios del recurso de apelación, la pretensión recursiva
    • Por otro lado, el Tribunal de segunda instancia, al emitir una segunda Sentencia como es
    • No resulta correcto el actuar del Tribunal de Apelación, quien estaba en la obligación de
    • De lo expuesto, se concluye en definitiva que el Auto de Vista hoy recurrido se
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por
    • Cumpliendo lo previsto por el artículo 17
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase

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