Auto Supremo AS/0546/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0546/2016-RRC

Fecha: 15-Jul-2016

En el caso presente, denuncia el recurrente que el Tribunal de alzada no observó la


El Tribunal de alzada concluye que la Sentencia es clara, precisa y positiva al identificar y establecer los hechos que fueron probados durante el contradictorio que sobre el particular de las cuestiones extrañadas por el apelante, se encuentran desarrolladas de forma suficiente, pertinente y congruente en las conclusiones a las que arribó la Sentencia.

III. VERIFICACIÓN DE LA EXISTENCIA DE CONTRADICCIÓN

En el caso presente, denuncia el recurrente que el Tribunal de alzada no observó la doctrina legal sentada por los Autos Supremos 329/2006 de 29 de agosto, 417 de 19 de agosto de 2003 y 431/2006 de 11 de octubre, que establecerían que la adecuación de la conducta del imputado al tipo penal acusado, debe ser exacta y que en caso de faltar algún elemento del tipo penal, los hechos juzgados no constituyen delito, aspecto inobservado por el Tribunal de alzada, que de manera subjetiva y contradictoria concluyó que su conducta se adecuó al delito de Estafa, sin considerar que no se demostró cuál fue el beneficio económico que obtuvo en su condición de Gerente de la Cooperativa Multiactiva COMFIA; puesto que, los depósitos fueron a favor de la referida Cooperativa, no adecuándose su conducta al tipo penal de Estafa, correspondiendo resolver en el fondo la problemática planeada