I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
VISTOS: El recurso de casación en la forma y en el fondo de fs. 804 a 813 interpuesto por Nicolasa Nelly Rojas Bobarin en representación de Clementina Bobarin Bautista, contra el Auto de Vista Nº 088/2015 de 05 de mayo de 2015 de fs. 795 a 798 y vta. pronunciado por la Sala Civil del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, dentro del proceso ordinario de nulidad de documentos de venta y cancelación de partidas de inscripción en Derechos Reales, seguido por Clementina Bobarin Bautista contra Herederos de Cirilo Bobarin Bautista y Bernardina Rojas de Bobarin, herederos de Fernanda Bobarin Bautista Vda. de Nicasio; Juan Bobarin Bautista, Eliseo Bobarin Bautista, Felisa Bobarin Bautista Vda. de Saavedra y terceros interesados; las respuestas de fs. 815 a 818, 822-826, 829 a 833 al recurso de casación; el Auto de concesión de fs. 836 y demás antecedentes.
I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO:
I.1.- Sustancia el proceso en primera instancia, el Juez Segundo de Partido en Materia Civil y Comercial de la ciudad de Potosí, mediante Sentencia Nº 01/2015 de 02 de enero de 2015 de fs. 733 a 738 (2ª Sentencia), declaró IMPROBADA la demanda de fs. 57 a 65 e PROBADA la excepción de prescripción por caducidad de la condición de heredera de la demandante Clementina Bobarin Bautista opuesta a fs. 78 a 81 y de fs. 83 a 85, sin lugar a la nulidad de documentos ni la cancelación de registro en Derechos Reales
I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO:
I.1.- Sustancia el proceso en primera instancia, el Juez Segundo de Partido en Materia Civil y Comercial de la ciudad de Potosí, mediante Sentencia Nº 01/2015 de 02 de enero de 2015 de fs. 733 a 738 (2ª Sentencia), declaró IMPROBADA la demanda de fs. 57 a 65 e PROBADA la excepción de prescripción por caducidad de la condición de heredera de la demandante Clementina Bobarin Bautista opuesta a fs. 78 a 81 y de fs. 83 a 85, sin lugar a la nulidad de documentos ni la cancelación de registro en Derechos Reales
- Distrito: Potosí
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- I
- II.1.- En la forma
- Indica que el testimonio de fs
- 2
- En base a esos argumentos en su petitorio, solicita que atreves de su recurso de
- Se tiene como primera respuesta el memorial de fs
- III.- DE LA DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- “Dichas condiciones deberán ser explicadas, además, por el incidentista en su solicitud, señalando, en forma
- “La citada norma claramente establece las cusas que hacen procedente la nulidad de los contratos,
- IV.1.- Recurso en la forma
- Con relación a la no aplicación del art
- Se tiene como primer reclamo la errónea interpretación del Juez A-quo sobre el derecho de
- La afirmación realizada por el Juez A-quo de que algunos documentos de transferencias serían nulos
- Como se podrá evidenciar todas las transferencias indicadas fueron suscritas antes del fallecimiento del causante
- El hecho de que no se haya consignado de manera precisa los antecedentes dominiales en
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Se regula honorarios profesiones en la suma de Bs. 1.000 (Un Mil 00/100 Bolivianos)
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
