Auto Supremo AS/0856/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0856/2016

Fecha: 20-Jul-2016

Señalan que desde el 20 de mayo de 1990 (supuesta venta) hasta el 25 de

Señalan que desde el 20 de mayo de 1990 (supuesta venta) hasta el 25 de mayo 2006 (presentación del interdicto de adquirir la posesión), trascurrieron 15 años, habiendo los demandados mantenido una permanente conducta dolosa en silencio, aspecto que evidenciaría la infracción de los arts. 614 num. 1), 636, 482, 961 del Código Civil y ameritando la casación en el fondo por las causales previstas en los incisos 1) y 3) del art. 253 del C.P.C., argumentos que se encontrarían advertidos por elementos de prueba idónea y pese a ser clara la inconducta de los demandados, no se habría adoptado la nulidad de la E.P. Nº 86/91 y demás pretensiones de conformidad al art. 549 num. 2) y 3), 551, 552 del Código Civil, existiendo falta de voluntad de aplicar la ley