Auto Supremo AS/0896/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0896/2016

Fecha: 27-Jul-2016

II.1.- En el fondo

II.- DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN Y SU RESPUESTA:
II.1.- En el fondo:
Refiere que el Juez A-quo incurrió en errónea valoración de la prueba (documento privado de fs. 20) ya que a través de dicha prueba se demostraría que la demandante solamente entregó la suma de USD 10.000, faltando USD 6.000 para completar el pago comprometido por arras, prueba que habría sido introducida legalmente al proceso y puesta en conocimiento de la parte demandante sin haber sido negada, debiendo tenerse por reconocido dicho documento a los efectos del presente proceso.
Acusa como normas violadas los arts. 1.298 y 1.300 del Código Civil indicando que si bien la sana critica sigue vigente, no es menos cierto que esta potestad se encuentra reglada y sujeta a los límites establecidos por la ley y no a la libre y subjetiva valoración del Juez A-quo; los documentos de fs. 20 y 21 demostrarían sin lugar a dudas que el contrato de arras no se concretó ya que la demandante nunca habría terminado de entregar el dinero comprometido para la constitución de las arras confirmatorias; que de común acuerdo las partes resuelven dicho contrato y se procede a la devolución parcial de la suma de USD. 6.000 a favor de la demandante mediante depósito bancario, habiendo sido el mismo aceptado conforme se evidencia por el recibo que cursa a fs. 21