Auto Supremo AS/0896/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0896/2016

Fecha: 27-Jul-2016

No obstante que el reclamo está dirigido únicamente contra el Juez A-quo y nada se

No obstante que el reclamo está dirigido únicamente contra el Juez A-quo y nada se dice con relación al fallo de segunda instancia, ni mucho menos especifica en qué tipo de error se habría incurrido en la actividad valorativa de la prueba, si es de hecho o de derecho; empero de ello, se debe indicar que conforme a la doctrina aplicable al caso que se halla descrita en el Punto III.1 de la presente resolución, el tema de la valoración de la prueba judicial se encuentra regido por principios generales universalmente reconocidos, entre estos se tiene al “principio de unidad de la prueba”, mismo que establece que el conjunto probatorio del proceso forma una unidad y como tal debe ser examinado y apreciado por el Juez confrontando las diversas pruebas, señalando sus concordancias o discordancias y concluir sobre el convencimiento global que de ellas se forme; es decir, las pruebas deben ser apreciadas en forma conjunta de acuerdo al valor que les asigna la ley y las reglas de la sana critica, así además lo dejó establecido correctamente el Ad-quem en el Auto de Vista impugnado