Auto Supremo AS/0275/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0275/2016

Fecha: 23-Ago-2016

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2.- Expresa que el trabajo del SENASIR en relación al asegurado Marcial Flores Vargas, se realizó en base a la certificación de periodos en base a planillas de la entidad, lo que permitió modificar su densidad de aportes a 2 años y diez meses a diferencia del certificado en primera instancia en el que solamente se califican 2 años, aclarando que la nueva calificación, si bien modifica la densidad de años del asegurado, mantiene firme y subsistente el último salario cotizable al Sistema de Reparto por los servicios desempeñados en la Cooperativa Minera Viloco, aclarando que no se contaba con documentación en el área de Certificación de Compensación de Cotizaciones (CCC), aspecto que se agrava en consideración a que dichos periodos fueron manejados por los ex fondos complementarios, por lo que aquellos periodos reclamados por la derecho habiente, tendrían que haber sido certificados mediante planillas que cursen en el Fondo correspondiente y/o con planillas que acrediten aportes a largo plazo