Auto Supremo AS/0275/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0275/2016

Fecha: 23-Ago-2016

CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso administrativo, la Comisión de Calificación de Rentas del SENASIR,




VISTOS: VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 138 a 142, interpuesto por Juan Edwin Mercado Claros, en su condición de Director General Ejecutivo del Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR), acreditada por la Resolución Ministerial de designación Nº 546 de 23 de agosto de 2012 a fs. 137, contra el Auto de Vista Nº 058/2015 de 30 de abril, cursante de fs. 133 a 134, pronunciado por la Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso social sobre solicitud de Compensación de Cotizaciones, seguido por Petrona Sullcani viuda de Flores, cónyuge supérstite de Marcial Flores Vargas, contra la entidad recurrente, el Auto de concesión del recurso de fs. 144; los antecedentes del proceso y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso administrativo, la Comisión de Calificación de Rentas del SENASIR, pronunció la Resolución Nº 6295 de 5 de julio de 2013 a fs. 36, resolviendo otorgar en favor de Marcial Flores Vargas, el Formulario de Cálculo de Compensación de Cotizaciones por procedimiento manual Nº 24,961 en el que se considera un monto de Compensación de Cotizaciones de Bs. 6.720 (Seis mil setecientos veinte 00/100 Bolivianos), resolución que fue notificada a la esposa supérstite del asegurado, Petrona Sullcani viuda de Flores