Auto Supremo AS/0082/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0082/2017-RRC

Fecha: 24-Ene-2017

3) Arguye, que la Resolución ahora impugnada incurrió en el defecto absoluto señalado en el


3) Arguye, que la Resolución ahora impugnada incurrió en el defecto absoluto señalado en el art. 169 inc. 3) del CPP, al desconocer la doctrina legal aplicable y vulnerar el derecho al debido proceso en sus elementos: a la impugnación y a la tutela judicial efectiva. Alega que el recurso de apelación restringida fue admitida sin ninguna observación, pero que el Tribunal de apelación al momento de otorgar respuesta al agravio referente a la inobservancia y errónea aplicación de la ley sustantiva, habría expresado que el recurrente no habría fundamentado que norma fue erróneamente aplicada y cuál la aplicación que se pretende, inobservando la previsión legal del art. 408 del CPP