Auto Supremo AS/0082/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0082/2017-RRC

Fecha: 24-Ene-2017

El recurrente invoca como precedente contradictorio, entre otros el Auto Supremo 45/2012 de 14 de


El recurrente invoca como precedente contradictorio, entre otros el Auto Supremo 45/2012 de 14 de marzo, pronunciado dentro del proceso seguido por el Ministerio Público contra AOE y otros, por la presunta comisión del delito de Transporte de Sustancias controladas, la cual tuvo como hechos fácticos, que el Tribunal de apelación a tiempo de resolver el recurso de apelación restringida, no había emitido criterios jurídicos de manera fundamentada y motivada, dando cumplimiento a los parámetros de especificidad, claridad, completitud, legitimidad y logicidad; también, había expuesto argumentos genéricos y evasivos, aspectos que vulneraron el derecho a la defensa, al debido proceso y la tutela judicial efectiva. Generando la siguiente doctrina legal aplicable:

“De acuerdo a la jurisprudencia contenida en el A.S. Nro. 6 de 26 de enero de 2006 y el entendimiento desarrollado por el A.S. Nro. 12 de 30 de enero de 2012, todo Auto de Vista debe ser debidamente fundamentado y motivado, cumpliendo con los parámetros de especificidad, claridad, completitud, legitimidad y logicidad, respondiendo y emitiendo los criterios jurídicos sobre cada punto impugnado que se encuentre en el recurso de apelación restringida; asimismo es preciso dejar sentado de que toda fundamentación debe circunscribirse a absolver de manera puntual y objetiva el fondo de la denuncia o denuncias realizadas, sin que la argumentación vertida sea evasiva, incongruente o haga alusión a aspectos distintos a los denunciados, toda vez que esta circunstancia deja en estado de indeterminación e incertidumbre a las partes, al no haberse absuelto de manera efectiva a sus acusaciones