Auto Supremo AS/0082/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0082/2017-RRC

Fecha: 24-Ene-2017

Al igual que en el primer motivo de casación, se establece que el Tribunal de


Al igual que en el primer motivo de casación, se establece que el Tribunal de apelación a tiempo de resolver el tercer agravio de apelación, incurrió en los mismos errores que en el caso anterior, pues en el considerando I punto I.2 no hizo una correcta identificación de los fundamentos del agravio, limitándose a señalar que la denuncia refiere que la Sentencia se basa en hechos inexistentes; argumento que priva a la resolución hoy impugnada, de una clara exposición del hecho resuelto; seguida de la escueta identificación del motivo de apelación, el Ad quem, argumentó que: En sentencia se había verificado la falta de planilla de tributos aduaneros actualizados de admisión temporal, por lo que no se había procedido a la actualización y ajuste de los intereses sobre el valor declarado al presentar la admisión temporal, que se observó el pago extemporáneo por parte del despachante y que el A quo, valorando las pruebas MP5 y MP2, concluyó que el imputado actuó con conocimiento y voluntad