Auto Supremo AS/0763/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0763/2017-RRC

Fecha: 05-Oct-2017

6)Finalmente, alude que el último punto del Auto de Vista impugnado señala que: “La sentencia


6)Finalmente, alude que el último punto del Auto de Vista impugnado señala que: “La sentencia sería infundada ya que es basada en la incorrecta interpretación de los hechos y la incorrecta aplicación del derecho, logrando con ello, vulnerar principios como al debido proceso, igualdad de partes” (sic), decisión que demuestra una total falta de motivación y fundamentación, prohibida por el art. 124 del CPP y se contrapone a lo preceptuado por el Auto Supremo 319/2012-RRC de 4 de diciembre, que en su doctrina legal establece que los fallos deben ser debidamente fundamentados, no siendo suficiente que el juzgador se limite a transcribir los antecedentes procesales, así como a los Autos Supremos 726/2015-RRC-L de 12 de octubre y 165/2016-RRC de 7 de marzo; toda vez, que una resolución debe cumplir con la garantía de la debida motivación y estar sustentada en argumentos claros; lo que no ocurrió en el caso, al señalarse de manera genérica que la Sentencia sería infundada por incorrecta interpretación de los hechos y de la aplicación del derecho; por ello, denuncia vulneración de derechos y garantías constitucionales al debido proceso y a la debida fundamentación, lo que constituye un defecto absoluto al tenor de lo previsto por el art. 169 inc. 3) del CPP