Auto Supremo AS/0763/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0763/2017-RRC

Fecha: 05-Oct-2017

Señala que el Auto de Vista impugnado violó el art


Señala que el Auto de Vista impugnado violó el art. 169 inc. 3) del CPP, dado que no fundamentó conforme determinan los arts. 365, 373 y 413 del CPP, vulnerando derechos y garantías constitucionales reconocidos en la Constitución y en las leyes, ingresando en una nulidad total y contradicción con los Autos Supremos 444/2005 de 11 de noviembre y 384/2014 de 18 de septiembre, cuya doctrina legal estaría referida a la obligación de los Tribunales de alzada de circunscribir sus resoluciones a los aspectos cuestionados; dado que en el caso, el Ministerio de Gobierno observó como agravio, la desproporcionalidad en la fijación de la pena, a lo cual el Tribunal de alzada no aplicó las atenuantes relativas a que su persona no tiene antecedentes penales, sus conocimientos son escasos, su falta de educación, su situación económica, su arrepentimiento, así como las circunstancias inherentes a los hechos que no fueron valoradas por parte del Vocal Relator de la Sala, pues si bien el art. 48 de la Ley 1008, tiene una sanción de diez a veinticinco años; sin embargo, el Ministerio Público aceptó que se le otorgue una Sentencia por el delito de Transporte de Sustancias Controladas, conforme establece el art. 55 de la Ley 1008, por lo que la pena ha sido determinada de manera gradual, más aun cuando por el principio de celeridad, se acogió al procedimiento abreviado