Auto Supremo AS/1056/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1056/2017

Fecha: 05-Oct-2017

De lo expuesto, se colige que la parte actora si acusó cuestiones de fondo en

De lo expuesto, se colige que la parte actora si acusó cuestiones de fondo en su recurso de apelación, las cuales fueron acogidas por el Tribunal de Alzada, que por las razones expuestas en el Auto de Vista, decidió compartir el criterio de que las ventas (transferencias) realizadas por José Moreno Hurtado si se subsumirían a lo normado por los arts. 1059 y 1066.II del sustantivo civil; en consecuencia se tiene que la incongruencia acusada por los recurrentes no resulta evidente, ya que el Tribunal de Apelación para emitir el Auto de Vista, se abocó a los reclamos acusados en el recurso de apelación, por lo que el presente reclamo carece de sustento. Sin embargo, al margen de lo expuesto una vez más corresponde aclarar que al ser el reclamo acusado en este punto uno que cuestiona la estructura formal del Auto de Vista, este Tribunal también se vio limitado a constatar si el mismo resultaba o no evidente, lo que no implica que se esté o no de acuerdo con lo resuelto, pues dicho aspecto se verá en el fondo