Auto Supremo AS/0095/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0095/2017

Fecha: 02-Feb-2017

Bajo ese entendimiento es que el Tribunal de Alzada en la parte resolutiva de su

Bajo ese entendimiento es que el Tribunal de Alzada en la parte resolutiva de su resolución dispone revocar en todas sus partes la sentencia de fs. 282 a 283 y deliberando en el fondo declara probada la demanda de Declaración Judicial de Paternidad de fs. 7 y vta., complementada a fs. 9; estableciendo en consecuencia el vínculo de filiación que une a la demandante Gilda Jorges con el que en vida fue Gilberto Fernández Vaca, consiguientemente dispone la inscripción de filiación paterna que corresponde a la demandante en el Registro Civil de la Capital, para el efecto se ordenar que se remita a dicha institución la Ejecutorial de Ley correspondiente; debiendo quedar registrada la demandante como GILDA FERNANDEZ JORGES hija de Rosa Jorges y Gilberto Fernández Vaca nacida en la República Argentina-Buenos Autes-La Plata en fecha 24 de septiembre de 1961..”. Como se puede advertir esa fue la pretensión de la demanda principal, el reconocimiento de paternidad de la actora respecto del difunto Gilberto Fernández Vaca, no existiendo en consecuencia la incongruencia acusada (III.1 de la doctrina aplicable) de reconocimiento expreso a la demandante como hermana de cuatro de los demandados. En el caso que nos ocupa se tiene claramente demostrado que la pretensión de la demanda es la declaración de paternidad, concedida por el Tribunal de Alzada mediante el Auto impugnado, no siendo evidente lo acusado por el recurrente