Auto Supremo AS/0095/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0095/2017

Fecha: 02-Feb-2017

Se debe hacer constar a las partes y al recurrente que un vico de procedimiento

Se debe manifestar que uno de los principios que rigen las nulidades procesales es el de convalidación, y dicha convalidación puede ser expresa o tácita; es expresa cuando el agraviado no formula el incidente en la primera oportunidad, o presenta solicitudes sobre la base de los vicios de procedimiento, y resulta ser tácita cuando no presenta ninguna acusación oportunamente o cuando existe desinterés en acusar dicho vicio.
Se debe hacer constar a las partes y al recurrente que un vico de procedimiento debe ser acusado en su debida oportunidad, para ello tienen la obligación de asistir al juzgado los días martes y viernes, pues el vicio de procedimiento que aparentemente se hubiera generado, no puede ser utilizado cuando le convenga al interesado o al abogado del interesado