Auto Supremo AS/0110/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0110/2017-RRC

Fecha: 20-Feb-2017

II.2. Del recurso de apelación restringida del acusador particular


Por Sentencia 15/2014 de 29 de mayo, el Tribunal de Sentencia de Quillacollo del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, declaró a los imputados José Manuel Carlo Gutiérrez y Roche Denis Donaire Menchaque, autores de la comisión de los delitos de Homicidio y Lesiones Graves y Leves, previstos y sancionados por los arts. 251 y 271 del CP, imponiendo a cada uno la pena de quince años de presidio, más el pago de costas y responsabilidad civil averiguables en ejecución de Sentencia, bajo los siguientes argumentos: 1) El 21 de abril de 2012 en horas de la tarde, Roberto Montaño Fernández, Álvaro Edwin Yavi Fernández, José Arturo Rivera Lozano y Fabián Romero Velarde, acudieron al domicilio de Melisa Jiménez (enamorada de Fabián Romero), ubicado en la zona de Bruno Mocko de Tiquipaya, para celebrar el cumpleaños de Fabián Romero, habiendo abandonado dicho domicilio a horas 23:00, en el trayecto de retorno vieron que en un inmueble había una fiesta de bautizo, por lo que decidieron ingresar y compartir con los invitados; sin embargo, en circunstancias en que José Arturo Rivera Lozano generó una discusión con una persona mayor de sexo femenino, quien accidentalmente cayó al suelo fueron agredidos por los invitados de la citada fiesta; 2) De manera coincidente el mismo día, hora y en la misma zona, Tito Santos Gutiérrez Villarreal venía compartiendo con sus familiares en el bautizo de su sobrino Carlos Miguel Donaire Gutiérrez, quien al promediar la media noche a horas 00:30 de la madrugada del 22 de abril de 2012, decidió salir a la calle a comprar un chicle, donde fue abordado por una mujer quien lo convenció para ir a compartir a otra fiesta, dicha mujer se adelantó e ingresó a dicho inmueble, momento en que Tito Santos Gutiérrez Villarreal fue interceptado por una persona joven de sexo masculino, con la intervención de otros tres sujetos que procedieron a agredirlo provocándole una fractura del maxilar inferior izquierdo con un impedimento de noventa días, según su versión le sustrajeron su celular marca Sony Xperia táctil y dineros en la suma de Bs. 4.000.- (cuatro mil bolivianos) que los tenía en su poder para entregar como regalo a su sobrino Carlos Miguel Donaire Gutiérrez, que al tomar conocimiento y mal estado de Tito Santos Gutiérrez, José Manuel Carlo Gutiérrez y Roche Denis Donaire Menchaque, se pusieron bastante enojados y alterados, junto a otras personas procedieron con la búsqueda y persecución de los presuntos autores del atraco que sufrió Tito Santos Gutiérrez, motivación que fue suficiente para proceder a la persecución y agresión a un grupo de personas jóvenes conformado por Roberto Montaño Fernández, Álvaro Edwin Yavi, José Arturo Rivera y Fabián Romero quienes de manera circunstancial pasaban por el lugar donde hubiere sido agredido Tito Santos Gutiérrez, quienes fueron confundidos como asaltantes y atracadores por lo que fueron agredidos; 3) Se acreditó que José Manuel Carlo Gutiérrez, Roche Denis Menchaque y otro, fueron los que abrieron la puerta del taxi y bajaron a Roberto Montaño Fernández y Fabián Romero; en tanto, que Álvaro Edwin Yavi y José Arturo Rivera lograron escapar de sus agresores poniéndose a recaudo en tanto que Robert Montaño Fernández y Fabián Romero, fueron agredidos con certeros golpes de patadas, puntapiés y puñetes en el cuerpo, cabeza y rostro. Según señalan los testigos de cargo la persona que agredió a Roberto Montaño Fernández, hasta dejarlo tendido en el suelo inconsciente y luego apoderarse de dos celulares fue el imputado José Manuel Carlo Gutiérrez, quien vociferaba ante las personas presentes que eran los asaltantes de su tío a quien le robaron su celular; en tanto, que Roche Denis Donaire Menchaque, también participó de la agresión de Roberto Montaño y finalmente lo tuvo a Fabián Romero frente a él arrodillado ensangrentado clamando por su vida; no obstante, de que los vecinos pedían que dejaran de golpear a las dos personas, momento en que llegó la policía y fueron rescatados, siendo trasladados el primero al Hospital de Tiquipaya y el segundo a las celdas de la policía de Tiquipaya, donde no se presentaron los agresores para sentar denuncia de robo de celular y dineros, pese a haber sido advertidos por los funcionarios policiales que debían presentarse; y, 4) De la declaración de los testigos de cargo, por las actas de desfile identificativo se tiene claramente identificado a los imputados José Manuel Carlo Gutiérrez, Roche Denis Donaire Menchaque y Roberto Carlos Choque Ramírez, como las personas que participaron en la agresión originando el posterior deceso de Robert Montaño Fernández, por la gravedad de la lesión recibida en un órgano vital como es el cerebro, siendo la causa del fallecimiento asfixia por bronco aspiración y traumatismo cráneo encefálico cerrado, como las lesiones en diferentes partes de la humanidad de Fabián Romero Valverde a quien se le otorgó un impedimento de ocho días.

II.2. Del recurso de apelación restringida del acusador particular