Auto Supremo AS/0119/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0119/2017

Fecha: 03-Feb-2017

Admitida que fue la demanda por Auto de fecha 10 de diciembre de 2014 que

Admitida que fue la demanda por Auto de fecha 10 de diciembre de 2014 que cursa a fs. 52, la misma fue corrida en traslado a los demandados Otto Sivio, Norma y Alfredo Nicolás todos Uzqueda Aguiar, quienes respondieron negativamente a la demanda, señalando que el actor confunde el anticipo de legítima inmerso en la EE.PP. objeto de la litis, con un contrato civil; asimismo observan el hecho de que el actor no pretende reconstruir la legítima en su porcentaje, en consecuencia solicitan se declare improbada la demanda principal