Auto Supremo AS/0046/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0046/2017

Fecha: 08-Mar-2017

Este aspecto resulta irrelevante bajo el fundamento que el inicio se produjo el primero de

Este aspecto resulta irrelevante bajo el fundamento que el inicio se produjo el primero de febrero del 1999 concluyendo el 31 de diciembre del 2003, dentro de este periodo operaron varias contrataciones y a partir de la tercera el contrato se convirtió por uno de tiempo indefinido, ingresando de forma automática a la LGT. El registro único de contribuyente y sus declaraciones juradas trimestralmente como Consultor de Línea, no es prueba suficiente para crear convicción en el juez, de conformidad a sus Arts. 3.J) y 158, el Juez valoró las pruebas con amplio margen de libertad conforme a la sana lógica, los dictados de su conciencia, no está sujeto a la tarifa legal de pruebas, y por lo tanto formará libremente su convencimiento, inspirándose en los principios científicos. La valoración de la prueba es atribución privativa de los jueces de grado incensurable en casación