Auto Supremo AS/0223/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0223/2017-RRC

Fecha: 21-Mar-2017

El Auto de Vista no se encuentra fundamentado, en inobservancia a lo previsto por el


El Auto de Vista no se encuentra fundamentado, en inobservancia a lo previsto por el art. 124 del CPP; es así, que el Tribunal de alzada no ha dado respuesta de manera objetiva a cada uno de los agravios expresados, limitando en su accionar a manifestar razonamientos subjetivos sin mayor trascendencia con la finalidad de justificar la corrección del fallo apelado, limitándose a transcribir los recursos de apelación restringida y a extraer partes de la Sentencia, para luego concluir que el fallo se encontraba correctamente pronunciado; es así que de siete folios que comprende el Auto de Vista, dos folios y medio comprende un resumen de los fundamentos de la Sentencia en lo vinculante a los resultados del juicio oral. Posterior a ello, en los dos siguientes folios consideran los fundamentos de su apelación que no fueron analizados objetivamente, sin considerar los alcances recursivos y la expresión de agravios que manifestó por separado, para concluir que los argumentos expresados no tiene sustento legal, pero sin explicar detalladamente todo el proceso de razonamiento jurídico para rechazar sus argumentos impugnatorios respecto a la errónea aplicación de la Ley Sustantiva y falta de fundamentación de la Sentencia, incurriendo así en falta de motivación y defecto absoluto que vulnera el debido proceso, contradiciendo los Autos Supremos 207/2007 del 28 de marzo y 144/2013 del 28 de mayo, que exigen que la resolución contenga una explicación y justificación racional sobre los puntos impugnados, pues el Auto de Vista únicamente se remitió a los antecedentes y a los argumentos recursivos