Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0223/2017-RRC
Fecha: 21-Mar-2017
I.1.2. Petitorios
I.1.2. Petitorios
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Por memoriales presentados el 2 y 9 de agosto de 2016, cursantes de fs
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b)Contra la mencionada Sentencia, los imputados Liborio Alcocer Fernández (fs
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I.1.1. Motivos de los recursos de casación
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De los recursos de casación interpuestos por los recurrentes y del Auto Supremo 808/2016-RA de
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I.1.1.1. Del recurso de casación de Omar Marcelo Andrade Rocha
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I.1.1.2. Del recurso de casación de Liborio Alcocer Fernández
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El Auto de Vista no se encuentra fundamentado, en inobservancia a lo previsto por el
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I.1.2. Petitorios
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I.2. Admisión de los recursos
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De la revisión de los antecedentes venidos en casación se concluye lo siguiente
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a)Se estableció que Juan Terrazas Melean, se adjudicó una vivienda en la urbanización Villa Chiripujyo
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b)El imputado Omar Marcelo Andrade Rocha, en su calidad de abogado realizó todas las gestiones
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d)Se causó daño y perjuicio a la víctima, al haber puesto en riesgo el derecho
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II.2. De las apelaciones restringidas
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II.2.1. De la apelación restringida de Liborio Alcocer Fernández
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1)Errónea aplicación de la ley sustantiva, señalando que no se hubieran considerado los arts
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hubiera cumplido con lo establecido en el art
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3)Finalmente denuncia que la Sentencia no fundamentó sobre varios tópicos, como la verdad material, señalando
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II.2.2. De la apelación restringida de Omar Marcelo Andrade Rocha
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1)Errónea aplicación de la ley sustantiva, por haberle sido declarado autor del delito de Uso
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2)Falta de fundamentación de la Sentencia, señalando que no se atribuye a cada uno de
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La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, por Auto de Vista
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II.3.2. Sobre el recurso de apelación de Omar Marcelo Andrade Rocha
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a)El Auto de Vista señaló, que el nexo causal entre el hecho y los actos
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En el presente proceso, los acusados denuncian por un lado incongruencia omisiva, porque a su
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III.1. La labor de contraste en el recurso de casación
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El art
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En el caso que este Tribunal llegue a determinar la existencia de la contradicción señalada
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III.2. Respecto al recurso de casación de Omar Marcelo Andrade Rocha
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El imputado denuncia que el Tribunal de alzada, no habría respondido a la denuncia referente
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Que el Tribunal de Alzada, al no haber advertido, que la adecuación del hecho ilícito
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Por lo señalado precedentemente y al haberse dictado resoluciones que infringen el debido proceso proclamado
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En el caso de autos, si bien el recurrente denuncia que no se hubiera acreditado
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III.3.Con referencia al Recurso de casación de Liborio Alcocer Fernández
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Denuncia Falta de fundamentación del Auto de Vista, indicando que no habría dado respuesta objetiva
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El primer precedente, fue emitido dentro de un proceso seguido por el delito de Estafa
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De ahí que la motivación de los fallos emergentes de los recursos, debe ser expresa,
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…Cuando a tiempo de emitir un decisorio, los Tribunales no observan los presupuestos señalados supra,
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El Auto Supremo 144/2013 de 28 de mayo, fue emitido dentro de un proceso seguido
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Contrastando la doctrina legal de los precedentes invocados como contradictorios, y el Auto de Vista
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La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
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Regístrese, hágase saber y devuélvase
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Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
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