Auto Supremo AS/0402/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0402/2017

Fecha: 12-Abr-2017

En ese sentido el Tribunal de Alzada debió centrar el debate de la Litis en

Asimismo, diremos que en todo proceso la solución de conflictos es compatible con la búsqueda de la verdad, ya que una resolución que no se fundamente en la veracidad de los hechos genera una desconfianza generalizada hacia el Órgano Judicial y un riesgo para mantener la armonía social, por lo que el compromiso del Juez es con la verdad y no con las partes del proceso, pues tiene como instrumento para llegar a esta verdad material, la facultad de decretar pruebas de oficio, por ello la producción de pruebas de oficio en equidad no afecta la imparcialidad del Juez, ya que estas pruebas de oficio que determinen la verdad real de los hechos pueden favorecer a cualquiera de las partes sin que esto signifique limitar el derecho de defensa y contradicción que tiene la otra parte, pues el Juez solo debe buscar la verdad real de los hechos manteniendo firme su imparcialidad en la aplicación del principio de verdad material al caso concreto.
En ese sentido el Tribunal de Alzada debió centrar el debate de la Litis en establecer a cuál de ambas partes le correspondía el mejor derecho de propiedad, para lo cual debió producir prueba pericial, para despejar esa duda, la misma que no cursa en el proceso ni existe informe de autoridad competente que coadyuve a determinar la ubicación exacta del inmueble, presupuesto esencial para determinar el mejor derecho propietario; toda vez que se tiene dudas respecto a que si el inmueble del que se impetra la declaratoria de mejor derecho propietario tienen la misma ubicación geográfica de la parte demandante con relación a la Prefectura del Departamento y a la Alcaldía Municipal de La Paz, por dicho motivo, los Tribunales de instancia están llamados a valerse del Principio de Verdad Material por el cual los Jueces de instancia tienen un rol más activo en la tramitación de los procesos a los fines de resolver de la manera más justa, lo debatido en el proceso, el cual necesita de mayores elementos de probanza que hagan viable la determinación del mejor derecho propietario