Auto Supremo AS/0402/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0402/2017

Fecha: 12-Abr-2017

En la forma

Respecto al recurso de apelación en el efecto diferido la institución edil fue debidamente citada con la demanda, conforme consta a fs. 56 de obrados, donde se dejó constancia de la citación realizada conforme a la normativa procesal, consiguientemente se logró la finalidad de la citación que era hacer saber a la parte señalada como demandada en este proceso la tramitación de una acción civil en su contra, consiguientemente carece de relevancia el pretender la nulidad de actuaciones que han cumplido con su finalidad no siendo viable el reclamo recursivo de la institución edil
Contra la Resolución de Alzada la parte actora solicito complementación y enmienda interponiendo luego el recurso de casación en la forma y en el fondo cursante de fs. 271 a 277 vta., el cual se analiza:
II.- DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN:
En la forma:
1.-Denuncia que el Auto de Vista refiere que la Alcaldía Municipal de la ciudad de La Paz no tendría documentación que acredita derecho propietario sobre el inmueble y que el Juez de la causa no habría observado aspectos esenciales en la admisión de la demanda, siendo lo correcto anular obrados y no declarar improbada la demanda, siendo totalmente incongruente razón por la cual este Tribunal debe anular obrados