Auto Supremo AS/0311/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0311/2017

Fecha: 02-May-2017

Observa que el excepcionista se limita enumerar los actos supuestamente dilatorios sin hacer una relación


Observa que el excepcionista se limita enumerar los actos supuestamente dilatorios sin hacer una relación cronológica, completa y objetiva del cuaderno procesal (AUDITORIA JURIDICA), pues no precisa de manera puntual en qué parte del expediente se encuentran los actuados procesales que provocan la demora o dilación invocada con fojas y fechas exactas, cuanto tiempo, días o meses provocó cada acto dilatorio, cuando se inició la denuncia, las declaraciones informativas, así como el descuento de vacaciones judiciales por cada año, omisiones que no pueden ser suplidas el Juez o Tribunal de alzada no cumpliéndose con los requisitos de forma que establecen y exigen las Sentencias Constitucionales 101/2001, 0033/2006-R, 245/2006-R y 430/2010-R; y, el AC 0079/2004-ECA