Auto Supremo AS/0311/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0311/2017

Fecha: 02-May-2017

También debiera tomarse en cuenta el exceso de previsión desarrollado en el AC 0079/2004-ECA de


También debiera tomarse en cuenta el exceso de previsión desarrollado en el AC 0079/2004-ECA de 29 de septiembre; toda vez, que hubiese interpuesto recurso de apelación restringida contra la sentencia; y posteriormente, recurso de casación siendo el único sujeto procesal en interponerlo, denotando que el imputado miente cuando afirma que la dilación del caso se debe al Ministerio Público y el Órgano Jurisdiccional; puesto que, tanto él como los demás co-procesados interpusieron recursos de apelación restringida; pero además, el excepcionista al interponer los recursos antes mencionados resultaba lógico suponer que con ello se debió sopesar y prever que su tramitación iba a tener como lógica consecuencia la dilación en la conclusión del proceso, en todo caso lo que se debiera concluir es que el imputado pretende dilatar el proceso para buscar la extinción de la causa