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    Auto Supremo AS/0433/2017
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0433/2017

    Fecha: 02-May-2017

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Partes: Kathernie Gladys Medina Cortez. c/ Karina Isabel Villarroel Mazuelo
    • Proceso: Reivindicación y otro
    • Distrito: Oruro
    • I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • Apelada la Resolución, se pronuncia el Auto de Vista Nº 035/2015 de fs
    • II. CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
    • Acusa que se le ha negado una justicia igualitaria, mediante diferentes resoluciones, refiriendo que se
    • Describe que su demanda reconvencional se halla relacionada con los arts
    • La actora contesta el recuso, señalando que el recurso no cumple con lo dispuesto por
    • III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO
    • La SC 731/2010-R de 26 de julio, estableció que: 'Ahora bien, los presupuestos o antecedentes
    • En definitiva, la Ley Nº 025 con el fin de dar continuidad al proceso incorpora
    • II. “La preclusión opera a la conclusión de las etapas y vencimiento de plazos”
    • Por otra parte, el art. 17 del mismo cuerpo normativo establece
    • En correspondencia con lo normado por la Ley 025, el nuevo Código Procesal Civil Ley
    • III.2.- TEORÍA DE LAS DECISIONES IMPLÍCITAS
    • El acto decisorio del Juez se encuentra comprendido en la Resolución judicial, la que de
    • En cada fase del proceso, el operador tiene la potestad de revisar el proceso, siempre
    • La revisión de oficio sobre el desarrollo procesal que efectúa el operador judicial, tiene que
    • Por otra parte corresponde, describir en qué consisten las decisiones implícitas, estas son las que
    • Para sustentar la tesis propuesta, corresponde citar el aporte doctrinario de María del Pilar Hiruela
    • En ciertos casos, se ha sostenido que la mera omisión de resolver determinadas cuestiones debe,
    • De tal modo, el silencio conclusivo guardado con relación a tales materias no se erigiría
    • Esto ha sido lo que -por ejemplo- ha decidido el Tribunal Superior de Justicia en
    • La omisión decisoria tiene que ver con la falta de pronunciamiento expreso, se ha dicho
    • Concluyendo que si el operador judicial que conoció el proceso sea en primera instancia o
    • IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
    • En cuanto a la acusación relativa a la falta de notificación con el primer proveído
    • En cuanto a que no se le dio oportunidad de plantear recurso de apelación en
    • Sobre la excepción de incompetencia que debía tramitarse mediante apelación en el efecto suspensivo; corresponde
    • Respecto a que la competencia puede ser determinada por una de las partes; se debe
    • Sobre la acusación de que el Auto de Vista no contiene la fundamentación pertinente; se
    • Consiguientemente no se advierte vulneración de los arts
    • Por lo expuesto corresponde, emitir resolución en la forma prevista en el art
    • Se regula honorario del abogado que contesto el recurso en la suma de Bs.1.000
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.

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